FIPOT:
Es un documento, en medio análogo o digital en el cual se consigna la información correspondiente a cada uno de los predios de la unidad orgánica territorial según el modelo técnico que determine la DAOT. Una vez diligenciada cumpliendo con los requisitos, se constituye en la constancia de ordenación territorial ante cualquier tramite cumpliéndose con el Plan de Ordenación del Territorio.
El reconocimiento en campo del FIPOT: Es la verificación de los elementos físicos y ambientales del predio, mediante la práctica de la inspección para identificar su ubicación, linderos, extensión, divisiones, condiciones físico naturales, documentación, etc.; con el fin de generar las recomendaciones y observaciones apegados al Plan de Ordenación Territorial; por lo que las entidades publicas y privadas financieras tendrán un instrumento técnico que oriente la toma de decisiones según los usos permitidos para la tenencia de la tierra.
PLANO LEVANTAMIENTO GEOESPACIAL:
Es un documento, en medio análogo o digital en el cual se consigna la información correspondiente a cada uno de los predios y/o parcelas de la unidad orgánica territorial según el modelo técnico que determine la DAOT. Este documento no acredita propiedad, ni afectación de los recursos naturales, si no para uso de tramites de regularización de la tenencia de la tierra ante los organismos competentes: INTi/ Alcaldía / Fiscalía Agraria. La información contenida en el, es solo de referencia indicando la ubicación geospacial y los aspectos físicos naturales, su validez es en original con sello húmedo, posee un numero de registro de documento, y un periodo de vigencia. Prohibida su venta, modificación, copia y reproducción total o parcial. Para tales efecto cada plano tendrá el siguiente código QR de verificación: